No es extraño que dos personas decidan comprar vivienda a medias sin estar casados. Sin embargo, es cierto que debemos ser precavidos y tomar ciertas cautelas para evitar que puedan surgir problemas. Estamos ante una cuestión importante que requiere que nos informemos correctamente antes de dar el paso.
Comprar una casa en pareja ofrece indudables ventajas entre las que destacamos las siguientes:
Es cierto que quienes deciden comprar una casa de manera conjunta no siempre están casados. Incluso es posible que sean familiares o unos simples amigos que decidan adquirir una vivienda de manera conjunta.
No obstante, las principales diferencias residen en que una pareja no casada dispone de un régimen específico que regule las propiedades de ambos, por lo tanto, podrían surgir muchos problemas en caso de separación. Además es importante destacar que a nivel tributario puede haber diferencias, pues Hacienda otorga beneficios fiscales a las parejas casadas que solicitan una hipoteca.
Por su parte, en una pareja casada deberemos atenernos a lo que se establezca en los diferentes regímenes previstos en nuestro código civil. Los cónyuges pueden libremente pactar gananciales o separación de bienes. Explicamos a continuación las diferentes situaciones:
El matrimonio puede establecerse en régimen de gananciales o separación de bienes. En el primer caso todos los bienes y ganancias obtenidas durante el matrimonio por los dos miembros de la pareja pertenecerán a ambos cónyuges por igual.
Por su parte, en una separación de bienes los patrimonios de cada uno de los cónyuges quedan diferenciados durante el matrimonio.
Se estima que por defecto cuando dos personas se casan optan por el sistema de separación de bienes. Si quisieran acordar otro régimen tendrían que acudir al notario para otorgar capitulaciones matrimoniales.
En situaciones de divorcio, si no hay acuerdo entre las partes y sin hijos de por medio, se suele estimar que la atribución del uso de la vivienda familiar se conceda al cónyuge más necesitado de protección. Resulta indiferente que la vivienda en cuestión sea propiedad exclusiva del otro cónyuge que –finalmente– se quedará sin poder disfrutarla.
No obstante, en el caso de que haya hijos, el escenario varía. Así, si no hay acuerdo posible, el juez suele determinar que la vivienda se otorgue al cónyuge al que se concede la potestad de los hijos.
Aunque es posible que la tutela la compartan ambos padres. En este caso, si la vivienda pertenece a los dos, es posible optar por el uso del domicilio por períodos alternos y, de este modo, los hijos permanecerán siempre en la vivienda. Únicamente entrarán y saldrán los progenitores.
También cabe la posibilidad de que se conceda la casa de manera temporal y exclusiva a uno de ellos porque se considera que su situación económica es la peor. Por lo tanto, el más necesitado de protección residirá en la vivienda y será el otro progenitor el que deba buscar una alternativa a la que acudirán sus hijos cuando les corresponda estar con él.
Las parejas no casadas pueden adquirir una vivienda. Esto es muy típico entre los novios que albergan intenciones de casarse en un futuro próximo. Al solicitar una hipoteca una pareja no casada nos encontraremos con mayores dificultades legales y problemas que deberán resolverse en el caso de que decidan separarse.
Por este motivo, los abogados aconsejan que las partes suscriban un contrato privado en el que deben dejar recogido, por ejemplo, cómo será el reparto de las cuotas, cuántos ahorros aportará cada uno de ellos o quién se quedará con la vivienda si se produce una ruptura.
Nada impide, como decíamos, solicitar una hipoteca conjunta sin estar casados. Lo más adecuado en tales casos es elevar el posible acuerdo a escritura pública en el que quedarán recogidas las reglas y modos de proceder si la pareja rompe.
Es España es posible poner una vivienda a nombre de dos personas, independientemente de la relación que las una. Por tanto, si la pareja no ha contraído matrimonio ni tampoco es pareja de hecho, también pueden poner las escrituras de la vivienda a nombres de ambos acudiendo al Registro de la Propiedad tras la firma del notario.
Otro escenario posible es que se opte por comprar una casa con contribuciones diferentes: es decir, uno ha invertido más en la compra de la casa que el otro. También los expertos en asuntos legales aconsejan que este detalle debe quedar especificado en la escritura pública de compra. De este modo, quien más haya aportado dispondrá de un porcentaje mayor en la propiedad.
El contrato privado es un documento que se suele firmar cuando se realiza una compraventa. Su cometido es evitar problemas de cara a una posible ruptura de la pareja, pues nos permite saber cómo actuar con la vivienda anticipando los posibles conflictos que puedan surgir con respecto a ella.
Sin duda, resulta de gran valor para las parejas no casadas, pero también para parejas de hecho o en relación de noviazgo.
En dicho contrato privado que se recomienda realizar en escritura pública ante notario se deben incluir los siguientes aspectos:
¿Qué es la separación de bienes?
¿Es posible escriturar a nombre de dos personas?
¿Qué pasa cuando tienes una hipoteca con tu pareja y te separas?
¿Qué pasa con los bienes adquiridos antes del matrimonio en España?
¿Qué es un pacto regulador de las relaciones económicas y patrimoniales de la pareja?
¿Puedo incluir a mi cónyuge en la hipoteca?
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